Skip to main content

Ayudas del Ayuntamiento de Madrid para renovar la industria

26 Abril 2021

Se va a dar a conocer la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al fomento, impulso y reactivación de la industria y servicios conexos a la misma.

Los beneficiarios de esta convocatoria serán las PYMES ubicadas en la Ciudad de Madrid. El importe máximo destinado a la concesión de estas ayudas directas es de 11.000.000 euros para el ejercicio 2021 y 2022, con arreglo a las bases que se publicarán bajo decreto y que servirán de marco normativo para la convocatoria.

Con esta línea de subvenciones, cuyo plazo de solicitud se abrirá treinta días naturales contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM, las empresas podrán sufragar lo siguiente:

  • Digitalización. Iniciativas que supongan implantación y desarrollo de TEICS (Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones) y la utilización de habilitadores digitales que permitan avanzar en la transición hacia un modelo de Industria 4.0.
  • Producción sostenible. Se pretende hacer compatible el proceso productivo con objetivos de sostenibilidad.
  • Mejora productiva – Plan Renove – Transición hacia la Industria 4.0. La adquisición, adaptación y sustitución de maquinaria y utillajes, bienes de equipo e instalaciones técnicas, así como la incorporación a escala industrial de actuaciones de digitalización que se incorporen al proceso productivo para mejorar su eficiencia, son objeto de esta modalidad, que va dirigida a empresas industriales y servindustriales.
  • Respuesta al contexto generado por la Covid-19. La reorientación de la actividad y la implantación de protocolos sanitarios a causa de la Covid-19.

La cuantía se repartirá según el tamaño y la plantilla de la compañía, entre 25.000 euros y 65.000 euros. Los porcentajes subvencionables se incrementarán en un 20% para las empresas radicadas en los distritos del sur y el este incluidos en el Plan SURES (Carabanchel, Latina, Moratalaz, Puente de Vallecas, San Blas, Usera, Vicálvaro, Villa de Vallecas y Villaverde, consideradas zonas de especial necesidad)

Se considerarán subvencionables los gastos y/o inversiones que se desarrollen en los siguientes periodos:

  • Para la convocatoria del año 2021, desde el 1 de abril del año 2020 hasta el 30 de abril del año 2021
  • Para la convocatoria del año 2022, desde el 1 de mayo del año 2021 hasta el 30 de abril del año 2022.

El plazo presentación de solicitudes será el siguiente:

Para el año 2021: treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Para el año 2022: del 1 al 28 de febrero de 2022, ambos días incluidos.

El pago en firme de la subvención estará supeditado a que la empresa beneficiaria justifique la inversión o el gasto de una sola vez en el plazo que establezca el decreto de concesión, que no superará el 30 de septiembre de 2021, para la anualidad 2021, y el 30 de septiembre de 2022, para la anualidad 2022.

Información de AECIM